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Preguntas Frecuentes

En esta sección trataremos de responder preguntas frecuentes respecto a la función del corredor público. 

Si tienes preguntas particulares puedes hacerlas llegar a través de este medio:

Las opiniones de esta página son opiniones personales de la corredora pública 25 de Baja California y no representan (probablemente) la opinión de otros corredores públicos o de algún colegio en particular.

Se permite replicar a los comentarios aquí vertidos y aportar respecto a estos u otros temas de interés los cuales serán publicados.



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¿Es el corredor Público un Notario?

No. A pesar que las figuras del Notariado y la Correduría Pública ostentan una calidad Fedataria para autenticar y dar fe de ciertos actos, ambas figuras son esencialmente diferentes, tanto en su origen como en su evolución.
Originariamente ambas figuras nacen, evolucionan y se desarrollan en ámbitos diferentes, pues mientras el Corredor Público nace por una necesidad cotidiana para asegurar la eficacia de las transacciones comerciales, el notariado tiene su origen como un narrador de acontecimientos que tomaba “notas” de algunos sucesos.
Posteriormente por sus funciones de redacción y conservación que permanecen en la actualidad,  ambas figuras toman el nombre de Escribanos, pero con ciertas especialidades; los ancestros del notariado como Escribanos especializados en materias locales muy específicas (como lo fueron los Escribanos Judiciales por ejemplo), y los antecesores de los Corredores Públicos como Escribanos Especializados en la materia mercantil de gran generalidad (como lo fueron los Escribanos del Consulado del Mar por ejemplo).
La diferencia se profundiza mas, si tomamos en cuenta el Notario, al obtener su patente por el Gobierno Local, sólo es notario en su ciudad o municipio, mientras que el Corredor Público, al obtener su título de habilitación por el Estado Federal, es Corredor Público en todo el territorio nacional, e inclusive con la posibilidad de ejercer algunas de sus funciones allende de las fronteras.
El notario para su ejercicio obtiene una “Patente”, que según el Diccionario de la Real Academia de la Lengua Española, se define en términos generales como un “Privilegio”, mientras que el Corredor Público obtiene un título de habilitación, que en términos generales según el propio Diccionario se define como la aptitud o capacidad para determinada cosa o función, y por ende accesible para cualquier persona que demuestre fehacientemente dicha aptitud o capacidad.
No obstante que en la actualidad ambas figuras establecen como requisito previo el ser Licenciado en Derecho, y aprobar dos exámenes respectivamente, el notario es únicamente Fedatario, de ahí que tanto el examen de aspirante a notario, como el de oposición sean esencialmente idénticos, mientras que el Corredor Público además de Fedatario Público tiene reconocido el carácter de Perito Valuador, Árbitro, Asesor Jurídico especialista en materia mercantil y Agente Intermediario, circunstancias que lo convierten en un especialista que necesita demostrar un amplio conocimiento general, y varios conocimientos específicos.

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¿Por qué existe el corredor público?

 

La Correduría Pública surge por la necesidad imperiosa de contar con un especialista auxiliar del Comercio y del Comerciante, para su beneficio y de las transacciones comerciales en general.

Cierto es que por más de un siglo,  la Correduría Pública estuvo reservada para un cierto sector de la sociedad, no obstante, tanto el perfil como la formación del Corredor Público moderno, se enfocan más hacia el beneficio social.

El Corredor Público de hoy, tiene un conocimiento enciclopédico de la ley, su aplicación e interpretación; la persona que pretende habilitarse como Corredor Público, debe además conocer detalle a detalle la naturaleza propia del comercio, y sus características; los productos, servicios y mercancías, así como sus particularidades y las del mercado; y debe demostrar en todo momento, que  para su cliente es el amigo y confidente, que lo ayude a prevenir problemas; a solucionar los existentes; a sobresalir en su actividad; y siempre en todo momento cuidando la calidad y la legalidad.

La correduría, es un despacho jurídico y pericial especializado que reúne lo mejor del notario; lo mejor del abogado postulante; lo mejor del abogado consultor; lo mejor de los peritos valuadores; y lo mejor de los tribunales en beneficio de la nación entera.

Además, los Corredores Públicos ejercen sus funciones con gran pasión y altruismo, y es verdaderamente difícil, si no imposible, que sepamos de un Corredor Público con licencia para ejercer como Diputado, Senador, o Secretario de Estado.

La Correduría Pública, es, además, baluarte fundamental de la equidad de género y la equidad de oportunidades.

En la Ciudad de México, y en toda la República Mexicana, podemos encontrar Corredores Públicos del sexo masculino o femenino, de etnias indígenas tradicionales, adultos mayores, y jóvenes, todos ellos bajo el mismo estandarte de la excelencia académica y el trato personal y preferente para quien solicita sus servicios.

 

¿Es cierto que los corredores públicos y los notarios están peleados?
 

Esto es falso. Los corredores públicos respetan el trabajo de los notarios y el ámbito de aplicación de su actuación; esto es el ámbito local.

Los notarios tradicionalmente han venido realizando funciones que le deberían corresponder solamente al corredor público, al ser estos últimos fedatarios públicos federales. V.G, en la constitución de sociedades mercantiles, en los contratos de crédito con instituciones de crédito, en contratos de fideicomiso etcétera. 

Sin embargo los corredores públicos creemos y defendemos la competitividad y la libre competencia, y sabemos que entre mas y mejores fedatarios públicos existan, mejor servicio se podrá brindar a la sociedad, que al final, es lo único que importa.

Sin embargo, sin temor puedo aseverar que la correduría pública mexicana ha sido objeto de ataques velados: que son difíciles de probar, pues tales ataques se hacen por conducto de los poderes públicos, en los cuales parte del notariado está incrustado, formando una élite, un auténtico “poder fáctico”, pues forman parte de los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, sin dejar de ser notarios (lo son en tanto que nunca dejan de percibir ingresos de “su” notaría), violando los Artículos 49 y 101 Constitucionales, y cuyo propósito ha sido exclusivamente el excluir a los Corredores en la fedación en materia de inmuebles, que de suyo es materia mercantil en su mayoría, dado que participan comerciantes, se pagan con documentos mercantiles y, como todo acto de comercio, hay lucro de por medio. 

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¿Es cierto que los corredores públicos no pueden otorgar poderes?

Esto es ABSOLUTAMENTE FALSO. Los corredores públicos pueden dar fe del otorgamiento de diversos tipos de representación (toda la representación implica el otorgamiento de poderes), tales como la representación orgánica, la comisión mercantil, nombramiento de funcionarios (directores, gerentes, factores, dependientes, mandatarios mercantiles, delegados fiduciarios, liquidadores, etcétera).

Los corredores públicos no podrían dar fe de la celebración en lo particular de un MANDATO CIVIL, el cual es un CONTRATO NOMINADO regulado por las legislaciones civiles tanto federal como estatales.



 

 

¿Sabes lo que es un Corredor Público?

El corredor público es el auxiliar ideal del comercio, a quien el ejecutivo federal a través de la Secretaría de economía le otorga facultades de mediador (broker), fedatario público (notario mercantil), asesor jurídico, arbitro, mediador, martillero y perito valuador.

Es mi deseo acercarme más y apoyar a los comerciantes que se dediquen habitual o regularmente a la compra-venta de vehículos (de cualquier tipo) para ofrecerles los siguientes servicios:

¿PERDIÓ LA FACTURA DE SU VEHÍCULO o SE DESTRUYÓ?

FACTURACIÓN MERCANTIL ANTE CORREDOR PÚBLICO

a) ¿Extraviaron o se destruyó la factura de sus vehículos?

Una factura es un documento mercantil con el cual se establecen las condiciones de compra y venta de un bien, y el cual sirve para acreditar la posesión y la propiedad del mismo.

Simplemente presentándote con una identificación, dos testigos y la tarjeta de circulación (en caso de tenerla), y en la correduría te expediremos una factura mercantil, que servirá para acreditar la propiedad ante tesorería del gobierno del estado, ante el registro público vehicular y ante cualquier autoridad.

b) ¿Vas a adquirir (o vender) un vehículo y necesitas que salga facturado a tu nombre o a nombre del adquiriente, o bien que conste fehacientemente la compra venta y evitar responsabilidad civil o penal por los vehículos que vendes?

Realiza la compra-venta ante mí, y te expediré una póliza (instrumento público, como la escritura de una casa), así como una factura mercantil por la operación, así de sencillo. Yo te prepararé los contratos de compra-venta respectivos.

¿QUIERES OTORGARLE ó DARLES CRÉDITO A TUS CLIENTES PARA QUE ADQUIERAN TUS VEHÍCULOS CON LA SEGURIDAD DE QUE TE VAN A PAGAR, O VAS A RECUPERAR EL BIEN?

No limites tu potencial de venta, celebra ante mi fe un contrato de compra-venta mercantil (con o sin interés) que incluya una prenda sin transmisión de posesión sobre el vehículo, y una vez hecho esto, lo registraremos en el Registro Único de Garantías Mobiliarias (El registro público de los muebles), y tendrás derechos de preferencia (prelación) frente a cualquier tercero, quedando inscrita la garantía como quedaría una hipoteca en el caso de un inmueble. En caso de incumplimiento se establece un procedimiento de ejecución fácil y rápido ante el propio corredor público para que puedas recuperar tu bien en un DOS POR TRES.

¿TIENES DEMASIADO INVENTARIO DE VEHÍCULOS Y QUIERES RENOVARLO? ¿TIENES UNA FLOTILLA EN TU EMPRESA Y NECESITAS RENOVARLA? ó bien simplemente ¿NECESITAS LIQUIDEZ?

No vendas directamente, SUBASTA TUS VEHÍCULOS. La subasta o remate es una forma de vender los bienes, generalmente a valor de mercado, El corredor Público está autorizado por disposición legal para intervenir en la organización y ejecución (como martillero) de cualquier tipo de subasta.

El corredor hará constar el valor de mercado de los vehículos, para que tanto el que compra como el que vende sepan que están vendiendo a un precio justo, generalmente el precio de salida comienza un 20% por debajo del valor de mercado, para hacerlo atractivo, muchas veces lo que se deja de ganar en un mueble se gana en otro, pero nunca se pierde.

La ventaja es que de las operaciones de compra-venta, se harán constar en instrumento público (escritura), y de igual forma el adquiriente tendrá una forma de tener la factura del vehículo a su nombre, con las ventajas antes descritas.

Generalmente las subastas son muy atractivas y forman parte de la forma moderna de hacer negocios.

También les ofrezco mi intervención como intermediario mercantil (broker), asesoría jurídica para constituir y/o fortalecer su negocio y hacerlo mas rentable, así como imprimirle fe a las operaciones comerciales que realicen para darles seguridad jurídica o bien valuar su inventario o sus activos a fin de realizar deducciones fiscales, y fungir como árbitro y mediador para resolver controversias con sus clientes o proveedores.

Acércate conmigo, estoy seguro que haré que pongas tu negocio en el siguiente nivel.

El corredor público ofrece un servicio integral para los negocios de hoy, a precios razonables, llámame si tienes un lote o negocio, te visito en tu domicilio, la primer visita no causa honorarios, habrá precios especiales por volumen. 

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